Durante la República la vida constitucional de los municipios fue inestable, sufriendo transformaciones en función a las
circunstancias políticas del momento. Las atribuciones del primer Concejo Municipal de Cochabamba consistían en: controlar
los establecimientos de educación, escuelas primarias, beneficencia, hospitales y cementerios públicos entre otros. En 1861,
La Constitución Política del Estado, establece la Administración Municipal, definiendo algunas competencias de trascendental
importancia para la vida comunal y local, como por ejemplo sus miembros eran elegidos por voto directo. En 1930, durante el gobierno
de Hernando Siles, se dividió a los Concejos Municipales en cuerpos deliberantes y ejecutivos.