El concejo
municipal dio a conocer las prohibiciones que estarán en vigencia durante las
diferentes actividades que se realizarán en el Cementerio General, en la
tradicional festividad de Todos Santos.
Con
el objeto de normar y regular el funcionamiento, administración, Operación y
mantenimiento del Cementerio General del Municipio de Cochabamba, el Órgano
Deliberante aprobó una Resolución Municipal 4626/2013 en el que se establece el
Reglamento
Municipal de Servicios Funerarios del Cementerio General de Cochabamba.
ARTÍCULO 23°.- (PROHIBICIONES)
En función a mejorar las condiciones de
utilización y administración del Cementerio General de Cochabamba se establecen
las siguientes prohibiciones:
Ø
Siendo que los bienes de dominio público son inalienables, inembargables e
Imprescriptibles, se prohíbe la transferencia de los sitios de cementerio a terceras
Personas bajo cualquier título, sean naturales y/o jurídicas. Los familiares del
adjudicatario gozarán de preferencia para realizar un nuevo contrato de
adjudicación siguiendo el procedimiento establecido en el presente reglamento.
Ø Dejar sin construir el sitio, mausoleo o cripta adjudicada, POR EL LAPSO DE UN AÑO.
Ø Realizar cualquier tipo trabajo o acceder a cualquier tipo de servicio del cementerio, sin la correspondiente boleta de pago u orden de autorización.
Ø Otorgar dadivas o dinero, regalos o recompensas directa o indirectamente, como
retribución por los servicios prestados.
Ø Botar basura o desperdicios u ocasionar daños materiales al interior del
Cementerio General.
Ø Ingresar con movilidad por las calzadas del Cementerio, salvo autorización
expresa debido a impedimento físico que no permita a la visita desplazarse a pie.
Ø El ingreso y consumo de bebidas alcohólicas de cualquier tipo dentro las
instalaciones del Cementerio , inclusive en celebraciones o fiestas tradicionales
y hasta los 100 metros alrededor de la infraestructura del campo santo.
Ø El ingreso de conjuntos musicales ( bandas, mariachis, etc.) al interior del
Cementerio. Salvo autorización expresa de la División del Cementerio General.
Ø Iniciar o participar de riñas , peleas, discusiones subidas de tono con otras
personas u operarios de la institución.
Ø Cualquier tipo de ritual que involucre maltrato o sacrificio de seres vivos y
animales al interior del Cementerio General.
Ø
Efectuar cualquier tipo de actividad comercial al interior y exterior del Cementerio,